Barquisimeto 07/05/2012
Comunicado
Cumpliendo con el (Articulo 19 Natalmes) Normas Sobre
Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales,
aprobada mediante Resolución Nº 091113-0510, de fecha 13 de noviembre de 2009,
publicada en la Gaceta Electoral de la República
Bolivariana de Venezuela Nº 514, de fecha 21 de enero de 2010, informa a los
trabajadores(as) de Industrias Maros c.a, que
cumplido el lapso según el Cronograma Electoral para la publicación del
proyecto electoral del (27/04/12 al 04/05/12) se procede a la siguiente fase en
la cual los
trabajadores afiliados al sindicato pueden hacer sus OBSERVACIONES ante la Comisión Electoral al Proyecto
que fue publicado en la cartelera. Cabe destacar la importancia de la participación
de los trabajadores en cada una de las fases del cronograma de actividades del
Proyecto Electoral, por lo cual el lapso estipulado para dichas observaciones
es del (07/05/12 al 09/05/12).
De
presentarse alguna observación por parte de los Trabajadores la Comisión
Electoral tiene 3 días hábiles para pronunciarse sobre la
sugerencia hecha, es decir del (10/05 al 14/05/2012).
ARTÍCULO 19.
La Comisión Electoral presentará el
proyecto electoral ante la Dirección General de Asuntos Sindicales y Gremiales
o ante la Oficina Regional Electoral según el ámbito de acción de la
organización sindical correspondiente y la Instancia competente manifestara a
la Comisión Electoral, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, y de
forma expresa, su conformidad sobre el contenido del proyecto electoral,
siempre y cuando cumpla con lo previsto en el artículo anterior y continuará
prestando la asesoría técnica y el apoyo logístico previsto en estas Normas.
La Comisión
Electoral, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles siguientes,
publicará en la cartelera de la organización sindical y centros de
trabajo el proyecto electoral, y procurará difundirlo ampliamente de acuerdo a
lo establecido en el mismo. En dicha publicación, la Comisión Electoral fijará
un plazo no menor de tres (3) días hábiles para que los trabajadores afiliados
y trabajadoras afiliadas formulen por escrito y por una sola vez, sus
observaciones al proyecto electoral.
ARTÍCULO 20. La Comisión Electoral deberá pronunciarse sobre las
observaciones que formulen los trabajadores afiliados y trabajadoras afiliadas,
mediante escrito motivado, en un lapso no mayor de tres (3) días hábiles. Las
modificaciones que resultaren de la revisión efectuada por la Comisión
Electoral, en ningún caso podrán contravenir lo previsto en el artículo 19 de
las presentes Normas, deberán ser publicadas conforme a lo dispuesto en el artículo
anterior y se notificará de ello al Consejo Nacional Electoral.
Sin
más que hacer referencia, se despide de ustedes.
Atentamente,
COMISIÓN
ELECTORAL
Willims Soto Miguel
Gonzalez Edixon
Mesa
c.i: v-13436339 c.i: v-8063977 c.i:20015787
Presidente
Vicepresidente
Secretario
Walter
Suarez Norvi Ramirez Isabel Gimenez
c.i:v-14513985 c.i:v-11877400 C.I: v-17379826
Suplente Suplente Suplente
"Tú tienes el derecho de triunfar. Está en ti el ejercer ese derecho". Amigo trabajador, Participa en cada uno de los pasos del Cronograma Electoral… VOTAR ES TU DEDERECHO!!!
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