lunes, 25 de junio de 2012

Apertura del lapso para garantizar la participación de posibles nuevas postulaciones


Comunicado


 Cumpliendo con el (Articulo 30 Natalmes) Normas Sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales, aprobada mediante Resolución Nº 091113-0510, de fecha 13 de noviembre de 2009, publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela Nº 514, de fecha 21 de enero de 2010, informa a los trabajadores(as) de Industrias Maros c.a, que según el Cronograma Electoral se procede a la Apertura del lapso para garantizar la participación de posibles nuevas postulaciones. (Art. 30 NATALMES).

 ARTÍCULO 30 : Si al vencimiento del lapso de postulaciones sólo se hubiere postulado un factor, la Comisión Electoral, a los fines de garantizar la debida participación, abrirá un lapso de postulación equivalente a la mitad del lapso establecido para ello en el cronograma electoral. Concluido este lapso sin que se haya presentado otra postulación, continuará el proceso electoral con el factor que hizo uso del derecho a postularse. 

ARTÍCULO 31 : Después de celebradas las elecciones, las postulaciones no podrán impugnarse, salvo por motivos de inelegibilidad.

       Sin más que hacer referencia, se despide de ustedes.

       Atentamente,

                                                         COMISIÓN ELECTORAL

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